La finalidad tanto de la adopción como de la acogida es conseguir que los niños que están en situación de desamparo vivan en un entorno seguro, ya sea de forma temporal o definitiva.
Hay que distinguir entre la acogida y la adopción ya que ambos tienen finalidades distintas.
El propósito de la acogida es cuidar temporalmente a un niño dándole el apoyo, el afecto y cuidados que necesita y facilitar que en algún momento pueda volver con su familia biológica si Las circunstancias de ésta lo permiten.
La familia de acogida desempeña el cuidado del menor, de manera temporal comprometiéndose a ocuparse no sólo de su sustento sino también de su formación personal y educativa, hasta que el menor pueda regresar con su familia biológica.
La adopción tiene un carácter definitivo.
La adopción
La adopción* es un proceso legal mediante el cual una persona llega a ser un miembro legal de una familia diferente a aquella en que nació.
Recurso de protección de menores que produce entre adoptantes y adoptado un vínculo de filiación, al mismo tiempo que desaparecen los vínculos jurídicos entre el adoptado y su familia de origen.
Es firme e irreversible, cuando es ratificada por el juez, es una opción definitiva. Su carácter permanente ofrece seguridad y sentido de pertenencia. En la adopción se crean relaciones paterno-filiales y derechos patrimoniales iguales a los biológicos.
En nuestro país se produce cuando hay renuncia, o tras haber ingresado en el sistema, no hay visitas al niño o son perjudiciales.
El niño sólo será adoptable si no existe ninguna posibilidad de reinsertarlo en su familia biológica o extensa.
*sobre adopción y sus diferentes aspectos puedes consultar a lo largo y ancho de esta web. por ejemplo en las entradas relacionedas: La decisión de adoptar , Adoptar sabiendo
El acogimiento familiar
La acogida o acogimiento familiar, ofrece al niño los cuidados de una familia. Su objetivo final es el de retornar el menor a su familia, para lo que es necesario mantener el contacto mediante las visitas. Su principal ventaja es poder ofrecer un entorno familiar a los niños que no pueden ser atendidos adecuadamente en sus hogares.
Las desventajas estriban precisamente en el carácter de provisionalidad del acogimiento. En este sentido los especialistas reconocen que no se establecen relaciones paterno-filiales, ya que se trata de una relación tutelar establecida por una Entidad Pública. Esta temporalidad puede provocar en el niño sentimientos de inseguridad y ansiedad, impidiendo en algunos casos que llegue a integrarse en el seno de su familia acogedora. También se puede provocar en el niño un conflicto entre su familia acogedora y su familia biológica e incluso, el acogimiento puede interferir en la relación del menor con su familia biológica. Observándose un conflicto de lealtades.
De todas maneras es esta una alternativa deseable a la de que los niños permanezcan en centros residenciales ya que el acogimiento familiar proporciona un ambiente reparador de importantes déficits:
Como son el de la propia familia biológica, incapaz de ofrecer los cuidados necesarios a su hijo, y los que se derivan de la propia institucionalización.
Muchos de los niños que permanecen en Centros Residenciales podrían pasar a vivir en familias acogedoras y esto sería mucho más positivo para su desarrollo, a todos los niveles.
Para ello sería necesario que aumentara sensiblemente el número de familias dispuestas a acoger en su seno a uno de estos niños a los que la vida no les ha puesto nada fácil. Niños que sueñan con vivir una vida normal, con tener una familia. Alguien que les cuide, les eduque, les escuche y les proteja.
Más información: ¿Qué es el acogimiento familiar?
Las ilustraciones de esta entrada pertenecen a:
|Aurora Portillo. Ilustradora y creativa multidisciplinar.
|www.pinterest.com/auroraportillo
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